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Nuevas tarifas de gas desde octubre 2021

nuevas tarifas gas

Los cambios tarifarios en el 2021 continúan, esta vez se trata de las nuevas tarifas del gas que entrarán en vigor el próximo 1 de octubre de 2021.

El pasado 22 de julio de 2020 se aprobó la Circular 6/2020, donde se establece la metodología para el cálculo de los peajes para el gas natural.

>Descarga aquí la Circular 6/2020

Los nuevos costes de estos peajes se implementarán al iniciar el mes de octubre, con la entrada en vigor de la Resolución de 27 de mayo de 2021. Estos peajes tienen como objetivo cubrir los costes derivados de las actividades de regasificación, transporte y distribución, y gestión técnica del sistema gasista.

Por otro lado, se han establecido los cargos del sistema, destinados a financiar otros costes no vinculados directamente al uso de las instalaciones. Los costes de estos servicios han sido aprobados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico mediante la Orden TED/1023/2021, de 27 de septiembre, con entrada en vigor el 1 de octubre.

Cómo cambiarán las tarifas

Con la entrada en vigor de esta nueva normativa, se crean 11 nuevos grupos tarifarios, segmentados únicamente por su consumo anual. De forma automática, y en base al consumo registrado entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, el distribuidor ubicará cada suministro según los rangos siguientes:

Para las tarifas comprendidas entre RL.5 y RL.7 se hará, de forma transitoria, distinción entre los suministros conectados a una red de baja (< 4 bar) o alta presión, de forma que los segundos no se vean perjudicados por el cambio tarifario.

Las tarifas de último recurso se amplían a 3, manteniendo el límite de consumo anual en 50.000 kWh.

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Estos son los cambios clave en la nueva normativa

De aplicación general

Se separan los costes regulados en peajes y cargos, los primeros serán establecidos por la CNMC, mientras que los segundos los regirá el Ministerio, al igual que ocurre en electricidad.

Los costes anteriores no incluyen ni la tasa de la CNMC y MITERD (0,14%) (según la Ley 3/2013) ni la cuota del GTS (0,966%) (Gestor Técnico del Sistema), se facturarán de forma independiente.

El año gasista dejará de coincidir con el año natural, comenzando el 1 de octubre y finalizando el 30 de septiembre del año posterior.

Al iniciar un nuevo año de gas, se realizarán revisiones automáticas para comprobar que cada suministro está en el grupo tarifario correspondiente a su consumo.

También se revisan los peajes y cargos para suministros conectados a plantas satélite.

Cómo afecta a los grandes consumidores

En caso de reubicaciones de grupo tarifario, y para puntos de suministro conectados en redes de presión de diseño superiores a 4 bar, se harán las refacturaciones correspondientes.

Los suministros que tengan obligación de disponer de contador telemedido (consumos > 5 GWh/año) facturarán su término fijo según su Caudal Diario Contratado.

Los suministros que, no teniendo obligación de disponer de contador telemedido, ya lo tengan instalado, podrán elegir la forma de facturación del término fijo, por defecto se facturará €/cliente/año.

Desaparece la regla del 85% – 105% por la cual, si un suministro tenía un consumo diario máximo medido en el mes inferior al 85% del contratado, se le facturaba por ese porcentaje. A partir de ahora se facturará por un lado el Caudal Diario Contratado y por otro, los posibles excesos por Caudal Demandado.

Desaparece la bonificación por consumo nocturno.

Cómo afectará mi factura

Consumidor doméstico

Para los hogares que consumen < 50.000 kWh/año los costes regulados se verán reducidos. Aunque el coste del Término Fijo pueda aumentar ligeramente, la reducción del Término Variable compensará esta subida.

Gran consumidor

Si tu consumo está entre 50.000 y 5.000.000 kWh/año,  los cambios se verán diferenciados según la presión del suministro.

En suministros de baja presión (< 4 bar) la situación será similar al caso anterior, la mayoría de ellos verán reducidos sus costes regulados, con la excepción de los ubicados en la tarifa RL.6. En este caso, el incremento del Término Fijo es muy notable y si su consumo anual es cercano al límite inferior (1.500.000 kWh) podrán verse perjudicados económicamente.

En cuanto a suministros en alta presión, es necesario analizar en detalle cada situación. Las tarifas transitorias se han establecido con el objetivo de que estos suministros no sufran un incremento de costes, pero pueden darse diferentes casuísticas.

Consumidor industrial

En el caso del consumidor industrial con consumos de > 5.000.000 kWh/año, será necesario revisar cada caso en particular, ya que al tener obligación de estar telemedidos, tanto su Caudal Diario Contratado como el Demandado será clave a la hora de facturar el Término Fijo.

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Nuevos precios para todos los usuarios

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A los nuevos precios de los peajes y cargos también se deben sumar la tasa del tasa del CNMC del 0,14% y la cuota del GTS del 0,966%.

La tasa del CNMC se verá aplicada tanto a los nuevos peajes como a los cargos del sistema. Sin embargo, la cuota de GTS solo se aplicará a los nuevos peajes.

Cómo cambiar mi tarifa de gas

Las nuevas normativas y los cambios en las tarifas pueden afectar tu factura de gas y electricidad más de lo esperado, con el asesoramiento de un experto conseguirás la tarifa que se adapte mejor a tus consumos. Nuestros gestores pueden ayudarte en el 917 992 688 o puedes contactarnos sin compromiso aquí

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