Todo sobre el RD Huella de carbono: cuándo entra en vigor, a quién afecta…

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El Real Decreto 214/2025 (o RD Huella de carbono), con entrada en vigor en 2025 y obligaciones clave a partir de 2026, representa un avance normativo esencial en materia de transición ecológica en España.

Publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, este instrumento legal persigue un objetivo claro: reforzar la rendición de cuentas corporativa para lograr la neutralidad climática en el país.

Este Real Decreto, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono, actualiza el marco normativo y establece la obligación del cálculo de la huella de carbono para las grandes corporaciones y las entidades del sector público.

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Huella de carbono organizacional: ¿Qué empresas están obligadas y desde cuándo?

La principal novedad que el RD huella de carbono incorpora es convertir en obligatorio el cálculo de la huella de carbono organizacional y la elaboración de un plan de reducción para un conjunto específico de entidades.

La inscripción en el Registro, sin embargo, sigue siendo voluntaria para las empresas, pero obligatoria para la Administración General del Estado y sus organismos a partir del ejercicio 2026.

Las empresas obligadas son aquellas que deben presentar el estado de información no financiera (EINF) conforme a la legislación vigente. En términos prácticos, esto afecta a las sociedades que, durante dos ejercicios consecutivos, cumplen al menos dos de los siguientes criterios:

  • Activo total superior a 20 millones de euros.
  • Cifra anual de negocios superior a 40 millones de euros.
  • Plantilla media anual superior a 250 empleados.

De entre los sectores más implicados encontramos, por un lado, el sector público, así como todas las empresas proveedoras y relacionadas, el sector industrial, financiero, transportes…

Implicaciones para pymes y microempresas

Si bien es cierto que el RD Huella de carbono no obliga a pymes y microempresas al cálculo y registro (salvo que formen parte de la cadena de suministro del sector público estatal), la normativa genera una serie de implicaciones y oportunidades muy relevantes para ellas.

Éstas tienen que ver con el acceso a licitaciones públicas, pues las administraciones públicas sí están obligadas y cada vez hacen extensiva esta obligatoriedad a sus proveedores; acceso a ayudas, subvenciones y financiación al priorizar a aquellas personas con compromiso climática verificable; presión por parte de los diferentes stakeholders, ya que cada vez más los consumidores y la cadena de suministro demandan una mayor transparencia en materia climática.

Más detalles de la obligación

  • Cálculo Anual: La huella de carbono debe calcularse anualmente, incluyendo obligatoriamente los Alcances 1 (emisiones directas) y Alcance 2 (emisiones indirectas por consumo energético). El Alcance 3 (otras emisiones indirectas) es voluntario, aunque recomendable.
  • Plan de Reducción: Se debe elaborar y publicar con un objetivo cuantificado y un horizonte temporal de al menos cinco años, junto con las medidas concretas para lograrlo. A partir del 1 de enero de 2026, este plan debe incluir el objetivo para el horizonte mínimo de cinco años.
  • Publicación: La información sobre la huella y el plan debe estar disponible de forma gratuita y accesible en el sitio web de la organización, pudiendo integrarse en el informe de sostenibilidad.

RD Huella de carbono, un paso más hacia una economía sostenible

La importancia del RD 214/2025 va más allá del cumplimiento. Al obligar a las entidades a medir, reducir y, potencialmente, compensar sus emisiones de gases de efecto invernadero, el Gobierno impulsa a la empresa española a construir una economía sostenible y estar en vanguardia en la lucha contra el cambio climático.

El nuevo marco legal es un llamado a la acción para transformar la gestión corporativa y ambiental, posicionando a España en el camino de la neutralidad climática.

El papel de la Oficina Española de Cambio Climático

La Oficina Española de Cambio Climático (OECC) será el organismo encargado de:

  • Gestionar el registro;
  • Publicar directrices y factores de emisión;
  • Dar soporte técnico a las organizaciones;
  • Fomentar la coherencia entre administraciones.

Su labor será fundamental para asegurar una implantación homogénea y eficaz.

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En NESS contamos con más de 10 años de experiencia en el cálculo, reducción y compensación de huellas de carbono, tanto organizacionales como de evento y producto.

De esta forma, ayudamos a nuestros clientes no solo a cumplir la normativa vigente, sino a adelantarse a los acontecimientos, ser más competitivos, acceder a posibles ayudas y/o licitaciones públicas y a mejorar su reputación de cara a los diferentes stakeholders. Los beneficios que esto aporta son muy amplios, tanto de carácter medioambiental, organizacional y en el marco ESG, acompañando desde NESS en todo el proceso.

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