Peajes de Acceso y Otros Costes Regulados – Año de gas 2025

Peajes de Acceso y Otros Costes Regulados - Año de gas 2025

El 1 de octubre de 2024 comienza el año de gas 2025 que finalizará el 30 de septiembre de 2025.

El 30 de mayo de 2024 se publicó la Resolución de 23 de mayo de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en la que se establecen los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2025.

En rasgos generales, estos peajes suponen una disminución en el precio del término fijo y un incremento en el precio del término variable.

El 20 de septiembre de 2024 se ha publicado la Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en la que se establece la cuantía de retribución del gestor técnico del sistema gasista y la cuota para su financiación en el año de gas 2025.

La Cuota del GTS, que aplica únicamente a los peajes, se ha fijado en un valor de 1,526%. Ha aumentado en un 23% respecto al año de gas 2024.

El 25 de septiembre de 2024 se ha publicado la Orden TED/1013/2024 en la que se establecen los cargos del sistema gasista y la retribución y los cánones de los almacenamientos subterráneos básicos para el año de gas 2025.

La Tasa de la CNMC, que aplica a los cargos y a los peajes, continúa siendo de 0,14%.

A continuación, se recoge un resumen de los costes y la variación en los términos fijo y variable de las diferentes tarifas.

La tarifa temporal de gas de último recurso para comunidades de propietarios pasa a ser indefinida

La tarifa temporal de gas de último recurso para comunidades de propietarios pasa a ser indefinida

El Real Decreto-ley 4/2024 de 26 de junio establece que desde el 1 de julio de 2024 podrán acogerse a la TUR Vecinal, y de forma indefinida, las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial y las agrupaciones de ellas, y los edificios de titularidad pública, de patronatos o de organizaciones sin ánimo de lucro, destinados al mismo uso, así como a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio.

Para poder acogerse a esta TUR, que ya no tiene limitaciones en el consumo, las Comunidades tienen que estar al corriente de pago de todas la obligaciones contraídas con su actual empresa comercializadora, deben de disponer de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes de calefacción, salvo que se encuentren eximidas de esta obligación por inviabilidad técnica en los términos establecidos en el punto a) del anexo I del RD 736/2020, y deben haber realizado en plazo y con resultado positivo, la inspección de eficiencia energética conforme al artículo 31 del RD 1027/2007.

La solicitud de la TUR para comunidades de vecinos debe realizarla la persona que ostente el cargo de presidente o un responsable de la empresa de servicios energéticos con la que se realice la contratación. La documentación que se requiere para hacer la solicitud es la declaración que certifique el cumplimiento de las condiciones y requisitos necesarios para la contratación de esta tarifa de gas y el informe de la inspección de eficiencia energética.

Toda esta documentación debe ser emitida a la comercializadora regulada correspondiente, que se encargará de verificar toda la información y, en caso positivo, iniciar los trámites del cambio de tarifa o alta de gas.

Desde NESS podemos asesorarles para la contratación de esta tarifa a través de la compañía de gas de mercado regulado, y mostrarles las ventajas de poder contar con una empresa de servicios energéticos especializada en la mejora de la eficiencia energética de su instalación, y que además, les dará traslado íntegro del ahorro en el coste de adquisición del gas natural sobre el precio aplicado por el servicio de calefacción y agua caliente sanitaria.

Se amplia el plazo de solicitud para las ayudas Moves III

Punto de recarga NESS

Se amplia el plazo de solicitud para las ayudas Moves III

Recientemente, se ha anunciado la ampliación del plazo de solicitud para estas ayudas hasta el 31 de diciembre de 2024, lo que representa una excelente noticia para aquellos interesados en beneficiarse de este programa. La extensión del plazo permite a más ciudadanos y empresas acceder a los incentivos económicos que facilitan la compra de vehículos eléctricos y la instalación de infraestructuras de recarga. Esta medida busca aumentar la participación y el compromiso de la sociedad con la movilidad sostenible.

La ampliación del plazo también responde a la necesidad de dar tiempo a los solicitantes para recopilar la documentación necesaria y realizar las gestiones pertinentes. Esto es especialmente relevante, sobre todo, en un contexto donde la demanda de vehículos eléctricos está en aumento, pero aún existen barreras que dificultan su adquisición.

Además, el programa Moves III no solo beneficia a los particulares, sino que también está dirigido a empresas y administraciones públicas, promoviendo así un cambio en la cultura del transporte. Con estas ayudas, se espera que más personas se animen a optar por alternativas de movilidad más limpias y eficientes, contribuyendo a la reducción de la huella de carbono y al cumplimiento de los objetivos climáticos establecidos.

En resumen, las ayudas Moves III y su reciente ampliación del plazo de solicitud representan una oportunidad valiosa para avanzar hacia un futuro más sostenible en el ámbito del transporte. Es un paso importante que refleja el compromiso del Gobierno con la protección del medio ambiente y la promoción de tecnologías limpias.

Si quieres más información o necesitas ayuda para tramitar el plan Move III, en NESS te ayudamos a tramitarlo.

Obligatoriedad de calcular la huella de carbono y elaborar un plan de reducción a partir del 1 de enero de 2025

El MITERD tiene publicado un proyecto de modificación del RD 163/2014 que hará obligatorio calcular la huella de carbono y elaborar un plan de reducción.

Aunque no hay fecha estimada de publicación de esta modificación del RD, se establece la obligación de calcular la huella de carbono y además elaborar un plan de reducción para ciertas organizaciones a partir del 1 de enero de 2025, aplicable a los cálculos de la huella 2024.

¿Qué es la huella de carbono?

La huella de carbono es un indicador ambiental crucial que mide los gases de efecto invernadero emitidos por una empresa durante sus operaciones. Presentar un plan periódico sobre las emisiones se vuelve esencial para mejorar la eficiencia energética y minimizar el impacto medioambiental.

Calcular la huella de carbono requiere datos específicos de la actividad empresarial y factores de emisión habituales.

El Registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción se convierte en un instrumento esencial para medir el impacto de las actividades empresariales en la lucha contra el cambio climático. Este registro, creado según el Real Decreto 163/2014, será clave para cumplir con los objetivos de neutralidad climática establecidos por la Comisión Europea.

¿Qué empresas estarían obligadas?

Estarían obligadas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que el número medio de trabajadores empleados por las sociedades del grupo durante el ejercicio sea superior a 500.
  • Que o bien, tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditorías de cuentas, o bien, durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de estos criterios:
    • Tener más de 250 empleados
    • Generar un volumen de negocio superior a 40 millones de euros
    • Poseer un activo total superior a 20 millones de euros

Además, será obligatorio para los departamentos ministeriales, organismos autónomos y entidades gestoras de la Seguridad Social.

Si bien la obligación afecta a empresas de toda España, existen diferencias a nivel autonómico:

  • Islas Baleares (Decreto 48/2021 – en vigor 2023). Obliga a este cálculo a las empresas con 50 o más empleados y/o compañías que facturen más de 10 millones de euros al año (siempre y cuando las empresas operen de forma parcial o total en Baleares.
  • Navarra (Ley Foral 4/2022 – En vigor 2024). Las empresas estarán obligadas a calcular su huella de carbono, incluidas las explotaciones agrícolas y ganaderas que desarrollen su actividad en la comunidad foral.
  • Valenciana (Ley 6/2022 – En vigor 2025). Obligación del cálculo y acreditación de la huella de carbono y ejecución de un plan de reducción para grandes y medianas empresas que desarrollen sus actividades en la C.V.
  • País Vasco (Ley 1/2024 – En vigor 2025). Obligación de calcular la huella de carbono y elaborar un plan de reducción para administraciones públicas, explotaciones ganaderas, actividades agrícolas, forestales y pesqueras, instalaciones de gestión de residuos y tratamiento de agua, instalaciones industriales, establecimientos de ocio y turismo, subsectores del sector servicios.
  • Andalucía (Ley 8/2018). Empresas que consumen más de 1 GWh/año están obligadas a calcular la huella de carbono de su organización.

En NESS te ayudamos al cálculo de la huella de carbono y elaboramos tu plan de reducción.

¿Sabes en qué consiste el plan Moves III de ayudas para fomentar la movilidad sostenible?

VEHICULO ELECTRICO NESS

¿Sabes en qué consiste el plan Moves III de ayudas para fomentar la movilidad sostenible?

Las ayudas Moves III son un programa del Gobierno de España diseñado para fomentar la movilidad sostenible y la transición hacia un modelo de transporte más ecológico. Estas ayudas están destinadas a la adquisición de vehículos eléctricos, la instalación de puntos de recarga y la mejora de la infraestructura relacionada con la movilidad sostenible. Con el objetivo de reducir las emisiones de gases contaminantes y promover un entorno más limpio, el programa se ha convertido en una herramienta clave para impulsar la electrificación del transporte.

Pero… ¿Qué apoyo económico ofrece el Plan MOVES III?

La ayuda, que se puede percibir por la instalación de un punto de recarga, varía según el tipo de beneficiario y se calcula como un porcentaje del coste subvencionable.

Para comunidades de propietarios, autónomos, particulares y administraciones públicas sin actividad económica, la ayuda es del 70%. En los municipios con una población inferior a 5.000 habitantes, esta ayuda se incrementa hasta el 80%.

Las empresas y entidades públicas que instalen un punto de recarga de acceso público con una potencia superior a 50kW pueden recibir una subvención del 35%. Este porcentaje aumenta al 40% si la instalación se realiza en municipios de menos de 5.000 habitantes. Además, las empresas medianas y pequeñas pueden ver incrementada esta ayuda en un 10% y 20%, respectivamente.

Para empresas o entidades públicas con actividad económica que instalen puntos de recarga, ya sean privados o públicos, con una potencia inferior a 50kW, la ayuda del MOVES III será del 30% del coste subvencionable, y del 40% en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Este plan también ofrece subvenciones a las comunidades de propietarios que quieran realizar preinstalaciones o instalaciones de puntos de recarga, cubriendo hasta el 80% del coste del proyecto, excluyendo el IVA.

¿Quieres crear tu comercializadora de electricidad o de gas y necesitas ayuda?

¿Quieres crear tu comercializadora de electricidad o de gas y necesitas ayuda?

En NESS, damos soluciones a las Comercializadoras y Consumidores Directos de Gas y Electricidad de nueva creación a través del Servicio de Outsourcing.

Un servicio integral en el que acompañamos al cliente durante todo el camino, desde el análisis y rentabilidad del proyecto hasta la puesta en marcha, incluyendo además en el servicio, la gestión de la operativa diaria en nombre del cliente, tanto en contratación y servicios de atención al cliente como en los aspectos relacionados con la compra de energía.

NESS aporta el conocimiento del mercado a tus decisiones, nuestros expertos realizan un seguimiento continuo del mercado eléctrico y gasista (mercados a futuros, mercados europeos, cotización de las materias primas, noticias con repercusión sobre los mismos).

Gracias a nuestro equipo de expertos, te proponemos y ofrecemos los servicios necesarios para la creación, gestión y compra que necesita tu comercializadora y puedes implementar de forma opcional para aumentar la rentabilidad y productividad.

Beneficios de contar con NESS para obtener una buena gestión de tu comercializadora:
  • Asegura procedimientos, tiempos y rentabilidad, sin dar un paso en falso.
  • Conoce la situación de los mercados y actualizaciones legales.
  • Externaliza las tareas de operación profesional para tu total tranquilidad.
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Anunciado en el BOE el Nuevo Catálogo de Fichas del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)

Certificados Ahorro Energetico Cae NESS

EL BOE ha publicado el Nuevo Catálogo de Fichas del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)

El sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) permite la monetización de medidas de eficiencia energética previamente certificadas, incentivando así la implementación de estas prácticas. La Dirección General de Planificación y Coordinación Energética ha publicado una resolución que añade 62 nuevas fichas de actuaciones estandarizadas y actualiza algunas de las ya existentes.

Ayer, el Boletín Oficial del Estado publicó una resolución de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética que modifica el Anexo I de la Orden TED/845/2023, incorporando un renovado catálogo de fichas del sistema CAE, el cual es dinámico y en constante desarrollo, trabajando en la ampliación de tecnologías y optimización de fichas para medir con precisión los ahorros energéticos y simplificar los trámites administrativos.

114 Fichas del Nuevo Catálogo

El nuevo catálogo cuenta con 114 fichas, lo que representa un aumento de 62 nuevas fichas respecto a la versión anterior. Este incremento impulsará el mercado de los CAE mediante actuaciones estandarizadas y también introduce modificaciones en algunas fichas ya existentes.

Las fichas se organizan según los diferentes sectores consumidores de energía para facilitar la contabilidad de los ahorros en cada sector. No obstante, el sector de cada actuación no tiene que coincidir necesariamente con el del propietario original de los ahorros, según su código CNAE.

Para más información, haz clic en el BOE y accede al contenido

Si necesitas ayuda con estos temas, nosotros te ayudamos a calcular y gestionar los CAE’S de tu proyecto consiguiendo el mejor precio posible del mercado, ¡cuenta con NESSS, queremos ser tu Energy Partner!

¿Has realizado la auditoría energética Según el RD56/2016?

auditoria energetica NESS

¿Has actualizado este 2024 la auditoría energética según el RD 56/2016?

Según el RD 56/2016, existe la obligatoriedad para las grandes empresas o grupos de sociedades de realizar la auditoría energética cada 4 años y este año 2024 toca realizarlas.

Las auditorías energéticas, según el RD 56/2016, son una herramienta que permite a las organizaciones conocer su consumo energético y detectar oportunidades de mejora.

Permiten conocer la distribución de consumos y costes energéticos de una empresa, identificando y cuantificando las posibilidades de ahorro con medidas de eficiencia energética y energías renovables.

La Auditoría Energética debe cubrir al menos el 85% del consumo total de energía final del conjunto de las instalaciones ubicadas en el territorio nacional que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que dichas empresas y grupos gestionan en el desarrollo de su actividad económica.

Como alternativa a la realización de Auditorías Energéticas se podría aplicar un sistema de gestión energética o ambiental, certificado por un organismo independiente con arreglo a las normas europeas o internacionales correspondientes, siempre y cuando el sistema de gestión incluya a su vez una auditoría energética realizada conforme a las directrices mínimas que se indican en este Real Decreto (UNE-EN ISO 50001).

Si tienes dudas de si a tu empresa le corresponde y quieres que te hagamos una propuesta de auditoría o te ayudemos a implantar la ISO 50001, ¡cuenta con NESSS, queremos ser tu Energy Partner!

¡No te expongas a sanciones!

AUDITORÍAS ENERGÉTICAS RD 56/2016 ¡CUMPLE CON LA NORMATIVA!

De acuerdo con el RD 56/2016, es obligatorio realizar una auditoría energética de al menos el 85% del consumo total de energía de las instalaciones de las empresas.
El RD tiene como finalidad impulsar acciones para el ahorro de la energía primaria consumida, además de optimizar el consumo energético de equipos, sistemas o instalaciones en las empresas.

Las auditorías energéticas permiten conocer la distribución de consumos y costes energéticos de una empresa, identificando y cuantificando las posibilidades de ahorro con medidas de eficiencia energética y energías renovables.


Las empresas obligadas a la realización de auditorías energéticas en base a este RD 56/2016 son las que cumplen los siguientes requisitos:
  • Empresas de más de 250 personas y/o
  • Empresas que tengan un volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.
  • Grupos de sociedades que, teniendo en cuenta las magnitudes agregadas de todas las sociedades que forman el grupo consolidado, tengan más de 250 trabajadores y/o volumen de negocio que exceda de 50 millones de euros y, a la par, un balance general que exceda de 43 millones.
Dentro del alcance de este RD 56/2016 se excluyen las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), dejando solo obligadas a la realización de las auditorías a las grandes empresas que cumplan con los requerimientos citados.

Uno de los puntos más relevantes de este RD 56/2016 es su régimen sancionador, por incumplimiento de las obligaciones incluidas en su articulado.
Concretamente, la no realización de la auditoría energética en el plazo legal o reglamentariamente establecido supone una infracción de carácter “muy grave”, sancionada con multa de 10.001 a 60.000€.

¡No te expongas a sanciones y cuenta con NESS para realizar vuestra auditoría energética!
 

Consejos para ahorrar energia en otoño fácilmente

La entrada del otoño siempre trae consigo muchos cambios: todos hemos vuelto de las vacaciones, retomamos las actividades deportivas, los planes se adecúan a temperaturas más bajas y menos horas de sol, las hojas de los árboles se van cambiando y los colores dorados y rojizos inundan el paisaje. Muchos de vosotros leeréis estas palabras con un tono nostálgico, pero nada más lejos.

 

¡Aprovecha para hacer todas las actividades que el calor no te permitía y hazlo ahorrando en la factura de la luz!

 

5 Consejos para que otoño no afecte tu factura de luz

 

1. Aprovecha al máximo la luz solar

El verano siempre nos malacostumbra a disponer de luz a casi cualquier hora del día, pero con el cambio de estación esto deja de ser así. Es por eso que ahora debemos descorrer las cortinas, subir las persianas y aprovechar al máximo la luz natural y dejar que el calorcito entre en nuestro hogar sin depender tanto de la calefacción.

 

2. Revisa el funcionamiento de los sistemas de calefacción y electricidad

Revisar los aparatos eléctricos nunca está de más. Llevar un buen mantenimiento de los sistemas eléctricos y la calefacción ayudará a rentabilizar su funcionamiento considerablemente. En caso de necesitar la sustitución de algún electrodoméstico, siempre te aconsejaremos optar por los de clase A, ya que puede que te cuesten más, pero la eficiencia merecerá la pena.

 

 

3. Compensa los cambios de temperatura con ropa, no con la calefacción

Otoño es una estación con un clima muy variable, hay días en los que hace bastante calor y otros en los que parece que el invierno ha llegado por sorpresa. En esos casos, puede ser que la primera opción que te venga a la mente sea encender la calefacción, pero si quieres ahorrar energía opta por contrarrestar este descenso de temperaturas con alguna capa de ropa. Es más cómodo, rentable y rápido usar ropa.

 

 

4. Bombillas LED y aparatos en Stand-by

Este es un consejo que te damos para que ahorres en otoño, pero es aplicable a todos los momentos del año. Cambiar las bombillas antiguas por unas LED ayudará considerablemente a que ahorres energía sin perder luminosidad. En cuanto a los aparatos en Stand-by, muy pocas veces somos conscientes del gasto que suponen. Para evitar esto puedes optar por desenchufar directamente los aparatos de la corriente o comprar regletas con opción ON/OFF y apagarla cuando no la necesites.

 

5. Invierte en energía solar para autoconsumo

Como sabéis, en NESS siempre intentamos llevar las energías renovables a vuestros hogares para que todos contribuyamos al cuidado del planeta. En nuestro catálogo ofrecemos diferentes productos con tecnologías y cualidades diferentes, pero todas ellas ayudan afectan positivamente al ahorro en el consumo energético:

  • Fotovoltaica: transforma de manera directa la luz solar en electricidad empleando una tecnología basada en el efecto fotovoltaico.

 

 

Si estás interesado/a en pasarte al autoconsumo energético y quieres saber qué energía encaja mejor en tu vivienda, no dudes en contactar con nosotros y te daremos todos los detalles.